Serán de incumbencia del Ingeniero Eléctrico el:
A) Estudio, factibilidad, proyecto, planificación, dirección, construcción, instalación, puesta en marcha, operación, ensayos, mediciones, mantenimientos, reparación, modificación, trasformación e inspección de:
- Sistemas o partes de sistemas de generación, transmisión, distribución, conversión, control, autoadministración, recepción, procesamiento y utilización de energía eléctrica en todas las frecuencias y potencias, excepto obras civiles e industriales:
- Máquinas, aparatos e instrumentos eléctricos.
- Sistemas e instalaciones para la generación, transporte y distribución de energía eléctrica.
- Sistemas e instalaciones de tracción eléctrica.
- Sistemas e instalaciones de alumbrado y luminotecnia.
- Instalaciones complementarias destinadas a los servicios de telecomunicaciones y electrónica.
- Laboratorios de todo tipo relacionados con el inciso anterior.
- Sistemas de control.
B) Estudios, tareas y asesoramientos relacionados con:
- Asuntos de Ingeniería Legar, Económica y Financiera relacionados con los incisos anteriores.
- Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionadas con los incisos anteriores.
- Higiene, Seguridad Industrial y contaminación ambiental relacionados con los incisos anteriores.