Serán de incumbencia del Ingeniero Eléctrico el:
A) Estudio, factibilidad, proyecto, planificación, dirección, construcción, instalación, puesta en marcha, operación, ensayos, mediciones, mantenimientos, reparación, modificación, trasformación e inspección de:
- Sistemas o partes de sistemas de generación, transmisión, distribución, conversión, control, autoadministración, recepción, procesamiento y utilización de energía eléctrica en todas las frecuencias y potencias, excepto obras civiles e industriales:
 - Máquinas, aparatos e instrumentos eléctricos.
 - Sistemas e instalaciones para la generación, transporte y distribución de energía eléctrica.
 - Sistemas e instalaciones de tracción eléctrica.
 - Sistemas e instalaciones de alumbrado y luminotecnia.
 - Instalaciones complementarias destinadas a los servicios de telecomunicaciones y electrónica.
 - Laboratorios de todo tipo relacionados con el inciso anterior.
 - Sistemas de control.
 
B) Estudios, tareas y asesoramientos relacionados con:
- Asuntos de Ingeniería Legar, Económica y Financiera relacionados con los incisos anteriores.
 - Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionadas con los incisos anteriores.
 - Higiene, Seguridad Industrial y contaminación ambiental relacionados con los incisos anteriores.
 
