Protocolo accidentes

Resumen

1- Llamar a Protección Civil (103) y seguir sus indicaciones.

2 – La persona que realizó la llamada deberá requerir al personal de salud interviniente en la emergencia, un certificado/constancia de la asistencia en el lugar.

3- Deberá comunicar a la mayor brevedad posible la situación a una autoridad del CRUB.

– También deberá dar aviso a la Dirección/Delegación Departamental correspondiente.

4- Luego deberá llenar un formulario con los datos del/la estudiante y las circunstancias del accidente. Recibirá un correo con el formulario para imprimir y entregar en mesa de entradas para el Área de Bienestar.

Áreas de incumbencia

Seguir las indicaciones de Protección Civil

-Servicio de VITAL de la Universidad:

Sedes del CRUB:

*Quintral 1250 (Código: E720169)
*Pasaje Gutiérrez 1490 ANEXO (Código: E720831)
*Pasaje Gutiérrez 1160 INIBIOMA (Código: E720833)
*Pasaje Gutiérrez 1148 ECOTONO (Código: E720832)
*Centro Salmonicultura (Camino al Catedral KM 11) (Código: E720834)

Residencias:

*Barrio 144 viviendas Edificio 11 Depto. 63 (Código: E720362)
*Barrio 144 viviendas Edificio 5 Depto. 28 (Código: E720361)
*Barrio 144 viviendas Edificio 1 Depto. 5 (Código: E720360)
*Barrio Ava M Eflein Edificio 5 Depto. 61 (Código: E720364)
*Barrio 181 viviendas Casa 6 (Código: E720363)

Actividades de la carrera de Educación Física:

*Pista Atletismo KM6900 (Código: E720836)
*Adeful (O´Higgins 1800-1898) (Código: E720837)
*Base Cerro Catedral (Código: E720838)

-Club Pehuenes: ACTIVA (Usar protocolo del Club)
-Club Estudiantes Unidos Vital (Con protocolo del Club)

Protocolo

SOBRE LA COBERTURA DE ATENCIÓN PRIMARIA EN LA INSTITUCIÓN

La Universidad cuenta con un Servicio de Área Protegida (SAP) en todas sus dependencias, lo que significa que, frente a un accidente, se cuenta con un servicio de emergencias privado que cubre la atención primaria y el traslado a un centro asistencial. Las instalaciones incluidas en el SAP son las situadas en el edificio principal de Quintral 1250, el Laboratorio Ecotono, el Anexo Pasaje Gutiérrez, el predio del Centro de Salmonicultura y las residencias estudiantiles.

Asimismo, se dispone de un seguro de responsabilidad civil y adicionalmente se contrata un seguro de accidentes personales cuando se realizan actividades de campo. La forma de trabajar de las empresas aseguradoras en este tipo de asistencia es contra reembolso, con lo cual la administración del Centro Regional Universitario Bariloche cancelará los costos de los traslados y luego gestionará el reintegro con el/la estudiante.

El esquema básico para actuar frente a un accidente o emergencia es el siguiente:

2.         Se realiza la atención que sea requerida.

  1. Se debe llamar:
    1.  Al 103 (Protección Civil), para los casos fuera del Parque Nacional Nahuel Huapi.
    1. Al 105 (Incendios, Comunicaciones y Emergencias) para los casos dentro del Parque Nacional Nahuel Huapi.

3.         Se presenta ante la empresa aseguradora toda la información requerida.

4.         La empresa aseguradora responde contra reembolso sobre la persona atendida.

A continuación se realiza un detalle de cada uno de los pasos informados con anterioridad.

RESOLUCIÓN CRUB GAB N°

CAPÍTULO 1: ACCIONES A REALIZAR FRENTE A UNA EMERGENCIA O ACCIDENTE

Para actividades fuera del Parque Nacional Nahuel Huapi

Ante un accidente de cualquier tipo que requiera de asistencia médica durante una actividad académica, de extensión o investigación organizada por la Universidad, el/la docente a cargo del grupo debe solicitar la asistencia a Protección Civil llamando al teléfono 103 (línea de Emergencias las 24 horas los 365 días del año) o  al 440203 /

440023, VHF 149335 y actuar conforme a las indicaciones recibidas por el operador o la operadora.

Para actividades dentro del Parque Nacional Nahuel Huapi

Ante un accidente de cualquier tipo que requiera de asistencia médica durante una actividad académica, de extensión o investigación organizada por la Universidad, el/la docente a cargo del grupo debe solicitar la asistencia al Departamento de Incendios, Comunicaciones y Emergencias llamando al teléfono 105 (línea de Emergencias las 24 horas los 365 días del año) o  al 4422479 /VHF 155675 – 150335 y actuar conforme a las indicaciones recibidas por el operador o la operadora.

En todos los casos se deberá considerar:

No dejar nunca a los/las accidentados/as solos/as. EN NINGÚN CASO SE DEBE INCURRIR EN ABANDONO DE PERSONA.

Se deberá analizar su seguridad y si la manipulación de la persona accidentada puede empeorar su situación antes de realizar cualquier maniobra. Posteriormente, las o los docentes a cargo realizarán una evaluación de la persona accidentada y se brindarán los primeros auxilios. Si se encontrasen en el lugar o si llegaran después personas con conocimientos médicos generales o en primeros auxilios, el/la docente les podrá ofrecer participación previo análisis de cada situación en particular. Al arribar el servicio médico enviado desde Protección Civil, serán estas personas quienes se encarguen de la o las personas accidentadas.

1.1 Si el accidente ocurre en las dependencias del CRUB:

●                   En horario de cursadas: El o la docente a cargo será responsable de contactar con Protección Civil.

●                   Fuera del horario de cursadas del/la estudiante: El personal de la institución presente en ese momento deberá llamar a Defensa Civil.

1.2 Si el accidente ocurre en otros lugares como gimnasios, pista de atletismo, natatorios etc donde hay cobertura de área protegida, el/la Docente debe contactar con Protección Civil e informar la cobertura del área protegida correspondiente, según lo notificado desde el CRUB.

NO SE DEBE LLAMAR A LAS EMPRESAS PRESTADORAS DEL SERVICIO, SINO A PROTECCIÓN CIVIL.

1.3 Si el accidente ocurre en una salida de campo:

1.3.1 Fuera del Parque Nacional Nahuel Huapi: El/la docente responsable se debe contactar con Protección Civil, quien realizará la articulación de asistencia y evacuación conforme a las características del accidente, el estado de la persona accidentada y  el lugar y tipo de terreno.

1.3.2 Dentro del Parque Nacional Nahuel Huapi: El/la docente responsable se debe contactar con el Departamento de Incendios, Comunicaciones y Emergencias y actuar según las indicaciones recibidas.

1.4 Prácticas en Cerro Catedral

Ante una situación de emergencia, la empresa CAPSA es responsable de la evacuación hasta el centro médico dispuesto en la Base del Cerro. Actualmente es operado por el Sanatorio San Carlos, con el cual se realizó un convenio para que dicha empresa realice la atención primaria y el traslado al centro de la ciudad.

1.5 Residencias estudiantiles

Ante una situación de emergencia en las residencias estudiantiles será una de las personas que allí viva o se encuentre en el lugar quien deba solicitar la cobertura a Protección Civil llamando al teléfono 103 (línea de Emergencias las 24 horas los 365 días del año) o  al 440203 / 440023. Luego deberá seguir con todas las indicaciones informadas en los capítulos subsiguientes.

CAPÍTULO 2: SOBRE LA ATENCIÓN REALIZADA POR PERSONAL DE SALUD

La persona que realizó la llamada deberá requerir al personal de salud interviniente en la emergencia, un certificado/constancia de la asistencia en el lugar. Luego, deberá comunicar a la mayor brevedad posible la situación a la máxima autoridad de la Secretaría correspondiente a la actividad que se estaba realizando:

Sec. Académica: Para los casos de actividades en el marco de las asignaturas de las distintas carreras.     

Sec. de Extensión: Para los casos de actividades de extensión.        

Sec. de Ciencia, Técnica y Vinculación: Para los casos de actividades de investigación.

A los fines del presente, desde la Institución se dará a conocer oportunamente los nombres y los teléfonos de contacto de las personas a cargo de cada una de las secretarías.

También deberá dar aviso a la Dirección/Delegación Departamental correspondiente.

2.1 Sobre los Traslados.

Una emergencia que requiera del traslado de una persona accidentada deberá realizarse al Hospital Zonal Bariloche. En caso que sea considerada por la persona accidentada o por el/la profesional que lo atiende, la necesidad o intención del traslado a

un centro asistencial privado, su ingreso deberá ser cubierto por la obra social o prepaga particular con que cuente el/la estudiante. La Universidad no puede garantizar la cobertura por parte de la empresa aseguradora de los costos derivados de la atención en un centro asistencial privado, ya que la cobertura no es una póliza que tenga prestaciones directas.

Si el/la estudiante se negara a ser trasladado/atendido deberá dejar  constancia de su negativa explicándolo por escrito. De verse imposibilitada/do a hacerlo, se deberá contar con un/una testigo que dé cuenta de la decisión tomada por la persona accidentada. El testigo deberá dejar constancia de dicha situación por escrito. En ambos casos la constancia debe estar rubricada y entregada al docente, agente y/o autoridad a cargo de la situación.

Esta constancia deberá ser anexada a la documentación entregada al Departamento de Bienestar.

CAPÍTULO 3: SOBRE LAS TRAMITACIONES POSTERIORES AL ACCIDENTE/URGENCIA

El/la docente o estudiante de Residencia debe realizar dentro de las 48 hs. la presentación de la documentación del accidente/urgencia por Mesa de Entradas, mediante nota dirigida al Departamento de Bienestar del CRUB, adjuntando los originales de la documentación que fuera entregada por Profesional Médico y toda otra documentación que se hubiera generado producto de la asistencia a la persona accidentada.

En dicha nota debe constar:

Datos del/la estudiante: DNI, dirección y teléfono

Datos del/la docente: Domicilio y teléfono

Datos de la Cátedra: Descripción de la actividad al momento del suceso

Fecha – Hora – Forma y Lugar de Ocurrencia

Datos de lesión: zona afectada, tipo de lesión y su gravedad.-

Esta documentación deberá ser enviada complementariamente en forma digital al correo electrónico administracion.bienestar@crub.uncoma.edu.ar.

El área de Administración Bienestar presentará la denuncia a la empresa aseguradora. La Institución dispone de 72 hs. desde producido el accidente para realizar la denuncia ante el Seguro y habilitar la cobertura de asistencia requerida para el/la estudiante.-

CAPÍTULO 4: SOBRE LAS ACTUACIONES DE LA EMPRESA ASEGURADORA

El Seguro se contactará con el/la estudiante a los fines de instruir cuales son las prestaciones a brindar para dicha cobertura.

Para todos los estudios que la persona accidentada deba realizarse o toda la medicación que deba comprar, será necesario que solicite facturas B o C a su nombre. Éstas serán presentadas al seguro conforme la especificación que reciban desde la empresa aseguradora. Luego, ésta reembolsará la totalidad del dinero, incluyendo lo pagado por el CRUB en términos de atención primaria y traslados.

Entre los aspectos a reembolsar se encuentra el costo implicado en el servicio de atención primaria y traslado. Dado que este aspecto es cubierto inicialmente por la Administración del CRUB, será necesario que la persona protagonista del accidente realice el reintegro correspondiente a la Institución, una vez que perciba el reembolso total por parte de la empresa aseguradora.

El área de Administración de Bienestar deberá fiscalizar y garantizar todo el proceso descrito en los capítulos 3 y 4.