S.O.S.U.N.C. brinda a sus afiliados una cobertura en prácticas odontológicas en general del 70 %.
Coberturas especiales:
ORTODONCIA: por Resolución del Consejo Directivo y a partir del 02 de septiembre de 2008 se comienza a dar cobertura a dicha práctica. La misma requiere Auditoría Odontológica. La edad para cubrir el tratamiento es entre 12 y 15 años inclusive. Una vez visado por la Auditoría, la cobertura es vía reintegro, el cual se efectúa en tres etapas.
Documentación a presentar:
- Al comienzo del tratamiento:
- Ortopantomografia.
- Modelos zocalados.
- Presupuesto con historia clínica, plan de tratamiento, aparatología a utilizar y tiempo estimado de tratamiento.
- Recibo de 1º cuota abonada al profesional (reintegro del 40 % a valores de referencia de S.O.S.U.N.C)
- Solamente en caso de ser necesario y cuando la Auditoría Odontológica lo juzgue conveniente se hará concurrir al paciente.
- Al año del tratamiento:
- Recibo del profesional (reintegro del 30 % a valores de referencia de S.O.S.U.N.C.)
- Documentacion anterior.
- Al finalizar el tratamiento:
- Recibo del profesional (reintegro del 30 % a valores de referencia de S.O.S.U.N.C.)
- Documentación anterior.
- Alta emitida por el profesional
IMPLANTES DENTALES: por Resolución del Consejo de Administración y a partir del 01 de agosto de 2009 se comienza a cubrir dicha práctica. La cobertura incluye 2 (dos) implantes por única vez y sin excepciones a valores de referencia de S.O.S.U.N.C.
Se requiere auditoría odontológica , martes y jueves de 10:00 a 12:00 hs
- La boca higienizada, sin problemas odontológicos y con buen estado óseo
- Presupuesto con Historia clínica.
- Ortopantomografía.
Para el reintegro:
- Radiografía posterior al implante.
- Factura original de pago al profesional.
¿Cuándo se hace efectiva la cobertura?
Toda vez que el implante cumpla función de rehabilitación, masticatoria, fonética y estética, dado que la falta de piezas dentarias afecta el normal desempeño de la cavidad bucal.
No será autorizada cuando la finalidad sea exclusivamente estética o cuando se quiera reemplazar una pieza dentaria viable por un implante.
El profesional odontólogo deberá acreditar fehacientemente su preparación para la colocación de implantes (postgrado o curso de capacitación avalado por el Círculo Odontológico de la ciudad a la que pertenezca).
