Odontología

S.O.S.U.N.C. brinda a sus afiliados una cobertura en prácticas odontológicas en general del 70 %.

Coberturas especiales:

ORTODONCIA: por Resolución del Consejo Directivo y a partir del 02 de septiembre de 2008  se comienza a dar cobertura a dicha práctica. La misma requiere Auditoría Odontológica. La edad para cubrir el tratamiento es entre 12 y 15 años inclusive. Una vez visado por la Auditoría, la cobertura es vía reintegro, el cual se efectúa  en tres etapas.

Documentación a presentar:

  • Al comienzo del tratamiento:
    • Ortopantomografia.
    • Modelos zocalados.
    • Presupuesto con historia clínica, plan de tratamiento, aparatología a utilizar y tiempo estimado de tratamiento.
    • Recibo de 1º cuota abonada al profesional (reintegro del 40 % a valores de referencia de S.O.S.U.N.C)
    • Solamente en caso de ser necesario y cuando la Auditoría Odontológica lo juzgue conveniente se hará concurrir al paciente.
  • Al año del tratamiento:
    • Recibo del profesional (reintegro del 30 % a valores de referencia de S.O.S.U.N.C.)
    • Documentacion anterior.
  • Al finalizar el tratamiento:
    • Recibo del profesional (reintegro del 30 % a valores de referencia de S.O.S.U.N.C.)
    • Documentación anterior.
    • Alta emitida por el profesional

IMPLANTES DENTALES: por Resolución del Consejo de Administración y a partir del 01 de agosto de 2009  se comienza a cubrir dicha práctica.  La cobertura incluye 2 (dos) implantes por única vez y sin excepciones a valores de referencia de S.O.S.U.N.C.

Se requiere auditoría odontológica , martes y jueves de 10:00 a 12:00 hs

  • La boca higienizada, sin problemas odontológicos y con buen estado óseo
  • Presupuesto con Historia clínica.
  • Ortopantomografía.

Para el reintegro:

  • Radiografía posterior al implante.
  • Factura original de pago al profesional.

¿Cuándo se hace efectiva la cobertura?

Toda vez que el implante cumpla función de rehabilitación, masticatoria, fonética y estética, dado que la falta de piezas dentarias afecta el normal desempeño de la cavidad bucal.

No será autorizada cuando la finalidad sea exclusivamente estética o cuando se quiera reemplazar una pieza dentaria viable por un implante.

El profesional odontólogo deberá acreditar fehacientemente su preparación para la colocación de implantes (postgrado o curso de capacitación avalado por el Círculo Odontológico de la ciudad a la que pertenezca).

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