El Consejo Directivo del CRUB rechaza el proyecto de modificación de la Ley de Financiamiento de las Universidades

El Consejo Directivo del Centro Regional Universitario Bariloche de la Universidad Nacional del Comahue manifestó su rechazo al proyecto de modificación de la Ley de Financiamiento de las Universidades N° 27.795, impulsado por el Gobierno Nacional, dado que no atiende las urgentes necesidades de recomposición de salarios de trabajadores y trabajadoras y no provee los recursos necesarios para el funcionamiento y el desarrollo de las actividades inherentes al quehacer universitario.

Además, a través de la Declaración N° 04/2026, insta a los legisladores y legisladoras a sostener la Ley original, para dar previsibilidad y recursos al funcionamiento universitario, permitir la recuperación del poder adquisitivo de nuestros salarios y sostener una forma de actualización de recursos y salarios que considere la inflación real.

Entre los considerandos de la resolución se señala que “el Gobierno nacional presentó en el Congreso un proyecto para modificar la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, norma que fue sancionada en 2024 tras la primera Marcha Universitaria Federal, vetada por el Poder Ejecutivo y posteriormente ratificada por el Congreso”.

La declaración describe que la modificación oficial propuesta introduce cambios específicos en el esquema de actualización presupuestaria y salarial y redefine las fuentes de financiamiento para el ejercicio 2026. 

Las diferencias entre la Ley aprobada por el Congreso y la nueva propuesta se resumen en: 

Actualización de presupuesto 

− La versión original ordena actualizar al 1° de enero de 2025 el presupuesto universitario según la variación acumulada del IPC (Índices de Precios al Consumidor) entre mayo y diciembre de 2024. Además, dispone una actualización bimestral automática durante todo 2025 de acuerdo con la inflación informada por el INDEC. 

− La propuesta de modificación elimina ese esquema automático, estableciendo que el presupuesto 2026 se ajustará únicamente si la inflación observada supera el 14,3% anual, porcentaje que fue utilizado como promedio para la elaboración del Presupuesto 2026. Es decir, el ajuste no sería mensual ni bimestral, sino condicionado a que la inflación supere la pauta oficial. 

Recomposición salarial docente y no docente 

− La norma vigente establece que los salarios deben actualizarse desde diciembre de 2023 hasta la fecha de sanción de la ley en un porcentaje no inferior al IPC acumulado. También dispone que la negociación paritaria no puede acordar aumentos por debajo de la inflación mensual y que las sumas no remunerativas deben incorporarse al salario básico; 

− El proyecto presentado por el Gobierno sustituye ese artículo y fija un incremento del 12,3%, que se pagará en tres tramos de 4,1% cada uno, en marzo, en julio y en septiembre del 2026, calculados sobre los básicos vigentes al 31 de diciembre de 2025. Mantiene la convocatoria obligatoria a paritarias cada tres meses, pero elimina la cláusula que obliga a que los aumentos no sean inferiores a la inflación mensual. El cambio central es que la actualización deja de estar atada automáticamente al IPC y pasa a depender de porcentajes fijos establecidos por ley. 

− Que estas modificaciones resultan negativas tanto para el funcionamiento de las instituciones como para los trabajadores y trabajadoras de las Universidades Nacionales, ya que no se consideran las verdaderas pérdidas en el poder adquisitivo de los salarios y en los requerimientos para el desarrollo de las actividades que son responsabilidad de las casas de estudio, a la vez que impone una forma de actualización de recursos regresiva e ineficiente para afrontar el funcionamiento diario.